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EL NUEVO DARIO, SANTO DOMINGO.– El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó el levantamiento de la oposición trabada contra el Partido Humanista Dominicano (PHD) y dispuso que el Banco BHD y el Banco de Reservas de la República Dominicana dejen sin efecto, de manera inmediata, la medida interpuesta mediante el acto de alguacil núm. 145/2026, al considerar que constituye una turbación manifiestamente ilícita.
La decisión está contenida en la Ordenanza TSE/0006/2026, correspondiente al expediente núm. TSE-01-0015-2026, mediante la cual el tribunal acogió en cuanto a la forma la demanda en referimiento presentada por el PHD el 29 de mayo de 2026 contra los ciudadanos Eléxido Paula Liranzo, Rafael García Filpo, Cristian Carrasco Ortiz, Mayra Méndez Silverio, Julián Burgos Bonilla y Cristian Alexander Tejada Joaquín.
La oposición había sido interpuesta por los referidos ciudadanos mediante el acto de alguacil núm. 145/2026, instrumentado el 22 de mayo de 2026 por Eusebio Disla Florentino, alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo.
Asimismo, los jueces rechazaron el medio de inadmisión planteado por la parte demandada sobre la alegada falta de calidad de Ramón Emilio Goris Taveras, al establecer que, al momento de la apoderación del tribunal, el Partido Humanista Dominicano no había celebrado su convención interna para elegir nuevas autoridades.
El TSE dispuso además que la ordenanza sea notificada a las partes a través de la Secretaría General y publicada en el portal institucional del tribunal y en el Boletín Contencioso Electoral para los fines correspondientes.

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