DISTRITO NACIONAL.- La jueza Clara Luz Almonte, de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, declaró este martes al bachatero Anthony Santos no culpable de grabar y comercializar la canción “Corazón de Piedra” de la autoría del fallecido merenguero típico, Tatico Henríquez.
La magistrada declaró inadmisible la demanda, entendiendo que el Ministerio Público presentó una acusación deficiente.
En ese sentido, explicó que en ningún momento durante el juicio la defensa y el órgano acusador presentaron las pruebas de la reproducción por parte del Mayimbe de la mencionada canción.
Luz Almonte justificó su decisión aclarando que en la querella en lo penal no aplica para persona fallecida, que debieron irse por lo civil.
El Mayimbe fue demandado al pago de 10 millones de pesos por Elba Chaljub Mejía y Julio García Reynoso, por violación a la Ley 65-00 de Derecho de Autor, por los sucesores legales de la música de Domingo García Henríquez, nombre de pila del extinto acordeonista de Nagua, provincia María Trinidad Sánchez.
Chaljub Mejía y García Reynoso, viuda e hijo de Tatico, supuestamente son los reales propietarios de la obra musical del cantautor de “Merengue Ripiao”, conforme al certificado No. 0006608, de la Oficina Nacional de Derecho de Autor.
Santos llegó al Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, Distrito Nacional, a las 11:00 de la mañana y a las 12:00 del mediodía se bajó de su yipeta para ingresar a la audiencia, de donde salió cerca de las 4:00 de la tarde.
El juicio de fondo se extendió por más de un año, con varías audiencias aplazadas y en una ocasión una orden de rebeldía en contra del bachatero, por inasistencia ante la jueza.
Tatico Henríquez (30 de julio de 1943 – 23 de mayo de 1976), fue un virtuoso del acordeón, un innovador de la música dominicana, al incorporar nuevos instrumentos al conjunto típico. Transformó la formación del conjunto típico de su época.

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